Qué es una sociedad por acciones (SpA) y cuándo conviene

Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría legal o tributaria de un profesional. Información actualizada a septiembre de 2026.

Ocho de cada diez empresas que se crean hoy en Chile son SpA. En julio de 2026 fueron 14.938 de las 18.394 inscritas en el Registro de Empresas y Sociedades, según el Ministerio de Economía. La explicación es sencilla: una SpA la puede formar una sola persona, separa tu patrimonio del de la empresa y deja que su estatuto regule casi todo. Esa libertad es su gran ventaja. También es su trampa, porque lo que el estatuto no dice lo resuelven reglas pensadas para sociedades anónimas.

Qué es una SpA

La sociedad por acciones es una persona jurídica que forman una o más personas, y la participación de cada una en el capital se representa en acciones (Código de Comercio, art. 424). Cuatro rasgos la definen:

  • Responsabilidad limitada. Cada accionista responde solo hasta el monto de su aporte (art. 429). Las deudas de la empresa no se cobran con tus bienes personales, salvo que los hayas comprometido, por ejemplo, firmando como aval.
  • Nombre con “SpA”. La razón social debe terminar así (art. 425).
  • Acciones, no derechos. El capital se divide en un número determinado de acciones nominativas, que pueden emitirse sin láminas físicas (art. 434).
  • Duración indefinida, salvo que el estatuto diga otra cosa (art. 425).

Hay una regla que explica todo lo demás. El estatuto puede fijar con libertad los derechos de los accionistas, la forma de administrar y casi cualquier pacto. Donde el estatuto calla, se aplican las normas de las sociedades anónimas cerradas (art. 424).

Por qué casi todos la eligen

Los números de julio de 2026 muestran hacia dónde se movió el mercado:

Tipo de sociedadEmpresas creadas en julio de 2026ParticipaciónFrente a julio de 2025
SpA14.93881,2%+1,9%
EIRL2.20612,0%-24,5%
Limitada1.2466,8%-20,4%

En diciembre de 2025 la SpA ya era el 77,45%. Entre enero y julio de 2026 se crearon 140.412 empresas, la cifra más alta para ese periodo desde que empezó la serie, en 2013.

Las razones están en la ley:

  1. Puedes partir solo. La SpA admite un único accionista y no se disuelve si todas las acciones quedan en manos de una persona (art. 444). La Limitada, en cambio, necesita al menos dos socios.
  2. Sumar socios es más simple. Un inversionista entra comprando acciones que ya existen o que la sociedad emite.
  3. Permite acuerdos que otras sociedades no aceptan. El estatuto puede crear series de acciones con privilegios (art. 436) y acciones sin voto, con voto limitado o con más de un voto (art. 437). En una sociedad anónima, el voto múltiple está prohibido (Ley 18.046, art. 21). Es la herramienta que usan los fundadores para conservar el control mientras levantan capital.
  4. Da más plazo para pagar el capital. Si el estatuto no fija otro, son cinco años (art. 434). En la sociedad anónima el plazo máximo es de tres (Ley 18.046, art. 11).

Lo que el estatuto puede decidir

El estatuto es el contrato que define cómo funciona tu SpA. La ley le permite, entre otras, estas cláusulas:

  • Quién administra. Es obligatorio definirlo, junto con quién administra mientras tanto (art. 425 N° 4).
  • Límites de control y ventas forzadas. Se puede fijar un porcentaje mínimo o máximo de capital por accionista, y obligar a vender en ciertos casos, como cuando un comprador quiere el 100% de la empresa. Si el estatuto no regula los efectos de esas cláusulas, se tienen por no escritas (art. 435).
  • Dividendos preferentes. Una serie puede recibir un dividendo fijo con preferencia (art. 442). También se pueden repartir dividendos según los resultados de una unidad de negocio, con contabilidad separada (art. 443).
  • Restricciones a la venta de acciones. La prohibición de limitar la venta de acciones rige solo para las sociedades anónimas abiertas (Ley 18.046, art. 14). En una SpA, el estatuto sí puede exigir, por ejemplo, que los demás socios tengan preferencia para comprar.

Si el estatuto no dice nada, esto es lo que rige

Aquí está el riesgo. Un estatuto copiado de un formato, sin pensar en los socios, deja estas reglas funcionando en piloto automático:

TemaLo que se aplica si el estatuto callaNorma
Plazo para pagar el capitalCinco años. Lo que no se pague a tiempo se descuenta del capitalArt. 434
Acciones no pagadas por completoNo tienen ningún derechoArt. 434
Emisión de acciones nuevasLos accionistas actuales no tienen preferencia para comprarlasArt. 439
Reducción de capitalExige la unanimidad de los accionistasArt. 440
Conflictos entre accionistasVan a arbitraje. Si nadie lo designó, un tribunal nombra un árbitro únicoArt. 441
Todo lo demásNormas de las sociedades anónimas cerradasArt. 424

Dos de estas reglas pesan más de lo que parece.

La primera es la dilución. Si la sociedad emite acciones nuevas y el estatuto no te da preferencia, tu porcentaje puede bajar sin que hayas vendido nada. En una sociedad anónima esa preferencia es obligatoria (Ley 18.046, art. 25). En la SpA, solo existe si la escribes.

La segunda es la entrada de extraños. Con dos socios al 50%, cualquiera puede vender su mitad a un tercero si el estatuto o un pacto no lo impiden. En una Limitada eso no ocurre, porque un socio no puede ceder su parte sin la autorización de los demás (Código de Comercio, art. 404 N° 3).

Por eso el formato tipo sirve para crear la sociedad en un día. No sirve para ordenar la relación entre socios.

El pacto de accionistas

Es un contrato entre los socios, paralelo al estatuto. Regula ventas de acciones, preferencias, votos y salidas, y obliga a quienes lo firman como cualquier contrato (Código Civil, art. 1545).

Para que valga frente a terceros hay un paso más. Si la SpA se creó en el Registro de Empresas y Sociedades, los pactos sobre cesión de acciones deben inscribirse en el registro de accionistas de esa plataforma (Ley 20.659, art. 13 bis). Si se creó por escritura, deben depositarse en la sociedad y anotarse en su registro de accionistas (Ley 18.046, art. 14). Y el trámite no puede ser de pura forma: la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió que la inscripción debe permitir conocer el contenido real del pacto (Rol 8072-2016, Comercial e Industrial Plásticos Hoffens con Inversiones Rentas Elmito, 2 de marzo de 2017).

El registro de accionistas no es opcional

Toda SpA debe llevar un registro con el nombre, el domicilio y el RUT de cada accionista, sus acciones, las transferencias y los gravámenes. Los administradores responden solidariamente si el registro no refleja la realidad (art. 431).

Si tu SpA nació en el Registro de Empresas y Sociedades, ese registro se lleva solo en la plataforma, y ahí se inscribe cada venta de acciones. Una vez inscrita, la cesión se entiende informada al SII (Ley 20.659, art. 13 bis). El libro electrónico funciona desde febrero de 2023.

Impuestos: la SpA no paga distinto

El SII no tiene un régimen especial para las SpA. Pueden estar en el régimen general, en el Pro Pyme General o en el Pro Pyme Transparente, igual que una Limitada o una EIRL, si cumplen los requisitos de cada uno.

  • Tasas permanentes del impuesto de primera categoría: 25% en el régimen Pro Pyme y 27% en el general (Ley sobre Impuesto a la Renta, art. 20).
  • Rebaja transitoria: las empresas Pro Pyme pagan 12,5% por los años comerciales 2025, 2026 y 2027, siempre que cumplan la cotización del empleador de la Ley 21.735 (Ley 21.755, art. 25, según la Circular 53 de 2025 del SII).
  • Un detalle que se olvida: el régimen Pro Pyme Transparente exige que los dueños paguen impuestos finales. Si una sociedad chilena entra como accionista, la SpA queda fuera de ese régimen.

Elige el régimen con tu contador antes de iniciar actividades.

Requisitos para crear una SpA

  • Estatuto con cinco menciones mínimas: nombre terminado en “SpA”, objeto, capital y número de acciones, forma de administrar y duración (art. 425).
  • Accionistas con RUT. Pueden serlo personas naturales mayores de edad y personas jurídicas. Los menores adultos necesitan autorización judicial.
  • Extranjeros. Pueden ser accionistas sin visa, con un RUT para inversionistas extranjeros que entrega el SII. Una empresa extranjera necesita un representante con domicilio en Chile y un poder apostillado o legalizado.
  • Representante legal. Debe ser chileno, o extranjero con visa definitiva o con una visa temporal que permita cualquier actividad lícita.
  • Capital. Los artículos que regulan la SpA no fijan un mínimo. Declara uno realista: el capital inicial es la base para calcular la patente municipal.

El trámite completo está en nuestra guía para crear una empresa en Chile en Tu Empresa en un Día.

Cuándo no conviene una SpA

La SpA es la mejor opción para la mayoría, pero no para todos.

Si son dos o más socios, quieren decidir quién entra y no van a escribir un estatuto ni un pacto de accionistas, la Limitada les da esa protección desde el primer día. Es menos flexible, y a veces eso es justo lo que se necesita.

La EIRL, en cambio, tiene poco a su favor frente a una SpA de un solo accionista. Solo la puede formar una persona natural (Ley 19.857, arts. 1 y 2) y, si después quieres un socio, hay que transformarla. No sorprende que haya caído 24,5% en un año.

Preguntas frecuentes

¿Puedo tener una SpA siendo el único accionista?

Sí. La SpA puede constituirse con una sola persona (art. 424) y sigue existiendo aunque todas las acciones queden en manos de un solo accionista (art. 444), salvo que el estatuto diga lo contrario.

¿Cuál es el capital mínimo de una SpA?

Los artículos 424 a 446 del Código de Comercio no fijan un monto mínimo. El capital debe quedar determinado en el estatuto y dividido en un número fijo de acciones.

¿Cuánto cuesta crear una SpA?

En el Registro de Empresas y Sociedades, la inscripción es gratis. Pagas la firma: entre $536 y $950 por persona con firma electrónica avanzada en línea, o 0,26 UF si firmas ante notario. El detalle de todos los costos está en cuánto cuesta crear una empresa en Chile.

¿Cuándo una SpA se convierte en sociedad anónima?

Cuando durante doce meses seguidos cumple las condiciones que obligarían a una sociedad anónima cerrada a inscribirse en el Registro de Valores (art. 430). Hoy esa condición es tener más de 2.000 accionistas (Ley 18.046, art. 2). Muchos sitios todavía citan la regla antigua de 500 accionistas durante 90 días, que ya no rige.

¿La SpA paga más impuestos que una Limitada?

No. El tipo de sociedad no cambia la tasa: la define el régimen tributario al que te acojas.

¿Los conflictos entre socios de una SpA van a tribunales?

No, van a arbitraje (art. 441). El estatuto puede elegir el árbitro y el procedimiento. Si no lo hace, un tribunal del domicilio de la sociedad designa un árbitro mixto que resuelve en única instancia.

Fuentes


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